Artículo 12. Presentación de la solicitud fuera de plazo.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-02.
Texto consolidado
1. Las solicitudes de pago, junto con otras declaraciones y documentos constitutivos de la subvencionabilidad de la ayuda, se presentarán en los plazos establecidos para la presentación de la solicitud única. En caso de que no se presenten en el plazo establecido, el importe de la ayuda se reducirá hasta la fecha y en los porcentajes establecidos en el artículo 108.3 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
2. Si la solicitud se presentase una vez finalizado el plazo de modificación de la solicitud única, establecido conforme al artículo 112.1 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, la solicitud se considerará inadmisible y no se concederá ayuda al solicitante.
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