Artículo 12. Cuotas de capturas y esfuerzo.
Artículo 12 del Real Decreto 1441/1999, de 10 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero nacional del Cantábrico y Noroeste. · BOE-A-1999-20642
Atención: Real Decreto 1441/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, previo informe del Instituto Español de Oceanografía, podrá establecer, con arreglo a criterios objetivos:
a) Cuotas máximas de capturas por especie, buque y/o día u otro período de tiempo.
b) Niveles máximos de esfuerzo por buque.