Artículo 12. Ausencia de designaciones provisionales.
Artículo 12 del Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita. · BOE-A-2021-3698
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-11.
Texto consolidado
En el caso de que el Colegio de Abogados estimara que la persona peticionaria no cumple los requisitos referidos en el apartado 1 del artículo anterior, o que la pretensión principal contenida en la solicitud es manifiestamente insostenible o carente de fundamento, comunicará a la persona solicitante en un plazo de cinco días hábiles que no ha efectuado el nombramiento provisional de profesional de la Abogacía y, al mismo tiempo, trasladará la solicitud a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita para que esta resuelva definitivamente.