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Real Decreto Derogada

Artículo 12. Procedimiento: expedición de las órdenes y documentos de pago.

Artículo 12 del Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social. · BOE-A-1995-18970

Atención: Real Decreto 1391/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los Ordenadores de Pago de la Tesorería General de la Seguridad Social, en base a las propuestas de pago autorizadas por los órganos competentes de las entidades gestoras o servicios comunes de la Seguridad Social, organismos o entidades ajenas al sistema cuya gestión de pago esté encomendada a dicha Tesorería General, expedirán las órdenes de pago correspondientes con cargo a la respectiva entidad, servicio u organismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-08-28.

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