Artículo 12.
Artículo 12 del Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos. · BOE-A-2001-24079
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-20.
Texto consolidado
La sede del Colegio radicará en Madrid, donde tendrá su domicilio social, sin perjuicio del que se acuerde para las Delegaciones Territoriales, según las previsiones contenidas en los Estatutos.