Artículo 12. Mayoría necesaria para dictar el laudo.
Artículo 12 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía. · BOE-A-1999-18000
Atención: Real Decreto 1339/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
No podrá dictarse el laudo arbitral sin la conformidad de, al menos, cinco de los miembros que constituyen el Consejo de Administración de la Comisión.