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Real Decreto Derogada

Artículo 12. Ministerio de la Presidencia.

Artículo 12 del Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-16023

Atención: Real Decreto 1313/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Corresponde al Ministerio de la Presidencia la coordinación de los asuntos de relevancia constitucional, la preparación, desarrollo y seguimiento del programa legislativo, el apoyo inmediato a la Presidencia del Gobierno, la asistencia al Consejo de Ministros, a las Comisiones Delegadas del Gobierno, a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios y, en particular, al Gobierno en sus relaciones con las Cortes Generales.

2. El Ministerio de la Presidencia se estructura en los siguientes órganos superiores:

a) La Secretaría de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios.

b) La Secretaría de Estado de Comunicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-10-21.

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