Artículo 12. Régimen jurídico del Consejo.
Atención: Real Decreto 1114/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El régimen jurídico del Consejo de Administración de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda y, en su caso, el de la Comisión Delegada, así como las facultades de los vocales y demás miembros de estos órganos, será el previsto en el capítulo II, del Título II, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de lo establecido en este Estatuto respecto del régimen de convocatorias.
El voto del Presidente será dirimente en los supuestos de votaciones empatadas.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1114/1999, de 25 de junio, por el que se adapta la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se aprueba su Estatuto y se acuerda su denominación como Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.