Artículo 12. Régimen sancionador.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-24.
Texto consolidado
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este real decreto se calificará, como infracción leve, grave o muy grave y se sancionará de conformidad con lo establecido en el capítulo VII de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre.
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