Artículo 12. Aprobación del modelo 242.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-30.
Texto consolidado
1. Se aprueba el modelo 242, «Autoliquidación del Impuesto Complementario», que figura en el anexo III.
2. El citado modelo estará disponible exclusivamente en formato electrónico y su presentación e ingreso se realizarán por vía electrónica, de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento establecidos en los artículos 16 y 17.
Más artículos de Orden HAC/1198/2025
- ← Artículo 11. Formato y diseño de los mensajes informáticos del modelo 241.
- → Artículo 13. Obligados a presentar el modelo 242.
- Ver la norma completa: Orden HAC/1198/2025, de 21 de octubre, por la que se aprueba el modelo 240 «Comunicación de la entidad constitutiva declarante de la declaración informativa del Impuesto Complementario», el modelo 241 «Declaración informativa del Impuesto Complementario», y el modelo 242 «Autoliquidación del Impuesto Complementario» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.