Artículo 12. Efectos de la certificación de aptitud.
Artículo 12 de la Orden FOM/1649/2012, de 19 de julio, por la que se regula el procedimiento de acreditación y certificación de aptitud de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado. · BOE-A-2012-10069
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-28.
Texto consolidado
Los auditores que tengan un certificado de aptitud en vigor podrán formar parte de los equipos de auditoría de seguridad viaria en las fases correspondientes a su especialidad siempre que resulten designados para ello por la Dirección General de Carreteras de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 345/2011, de 11 de marzo.
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