Artículo 12. Configuración modular de la formación militar general, específica y para la adquisición de la especialidad fundamental y, en su caso, técnica.
Artículo 12 de la Orden DEF/1626/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de suboficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2015-8741
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-04.
Texto consolidado
1. Los planes de estudios objeto de estas directrices tendrán estructura modular.
2. Los módulos formativos tendrán la siguiente estructura:
a) Denominación.
b) Contenidos.
c) Contenidos susceptibles de ser impartidos a distancia, por razón de embarazo, parto o posparto.
d) Duración total en horas, desglosada por cursos.
e) Horas convalidables por sus homólogas de la enseñanza de formación a los procedentes de la escala de tropa y marinería.
3. Los contenidos deberán satisfacer, siempre que ello sea posible y a los efectos de reconocimiento de créditos, la conexión con sus homólogos de la formación para la incorporación a las escalas de oficiales.
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- Ver la norma completa: Orden DEF/1626/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de suboficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas.