Artículo 12. Vigencia del Plan de Residuos de Navarra.
Artículo 12 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad. · BOE-A-2018-8953
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-23.
Texto consolidado
1. El Plan de Residuos de Navarra tendrá una vigencia mínima de diez años.
2. En caso de que no se apruebe un nuevo Plan de Residuos de Navarra para el año de finalización previsto, se establecerá una prórroga automática del plan por un periodo máximo de un año.