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Ley Vigente

Artículo 12. Órganos.

Artículo 12 de la Ley 7/2011, de 1 de abril, de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-7331

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-07.

Texto consolidado

1. Las funciones de coordinación serán ejercidas por:

a) El Consell.

b) La consellería competente en materia de protección civil y gestión de emergencias.

c) La Comisión de Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana.

2. Sin perjuicio de los órganos citados, podrán constituirse cualesquiera otros con carácter asesor, de preparación o de ejecución de los trabajos que les encomienden aquéllos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-07.

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