Artículo 12.
Artículo 12 de la Ley 7/1985, de 8 de noviembre, de Honores, Condecoraciones y Distinciones de la Comunidad Autónoma de la Region de Murcia. · BOE-A-1986-2790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-12-09.
Texto consolidado
1. La medalla de la Región de Murcia, en sus distintas categorías, premiará actividades artísticas, científicas, culturales, deportivas, sanitarias o de cualquier otra índole que tengan carácter relevante.
2. La medalla de la Región de Murcia constará de dos categorías, oro y plata.