Artículo 12. Ámbitos prioritarios de prevención.
Artículo 12 de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas. · BOE-A-2026-3386
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-07.
Texto consolidado
1. Los ámbitos prioritarios de prevención para la disminución de la demanda son:
a) El ámbito familiar.
b) El ámbito educativo.
c) El ámbito comunitario.
d) El ámbito sanitario.
e) El ámbito de la hostelería y restauración.
f) El ámbito de intervención en colectivos de especial vulnerabilidad.
2. Las medidas que se establezcan en los planes de actuación que las administraciones públicas gallegas promuevan habrán de ser transversales y tendrán en consideración los seis ámbitos prioritarios de prevención.