Artículo 12. Patrimonio.
Artículo 12 de la Ley 6/2007, de 17 de julio, del Centro de Estudios de Opinión. · BOE-A-2007-15211
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-24.
Texto consolidado
1. El patrimonio del Centro de Estudios de Opinión está constituido por los bienes y los derechos que le son adscritos y por los bienes y los derechos propios, de cualquier naturaleza, que el Centro adquiera por cualquier título.
2. Los bienes adscritos al Centro de Estudios de Opinión conservan la calificación jurídica originaria, sin que la adscripción implique transmisión del dominio público ni desafectación.
3. El régimen patrimonial del Centro de Estudios de Opinión queda sujeto a la normativa reguladora de las entidades que conforman el sector público de la Generalidad y a la normativa reguladora del patrimonio de la Administración de la Generalidad.