Artículo 12. Calificación e inspección.
Artículo 12 de la Ley 6/1999, de 1 de septiembre, del Audiovisual de Galicia. · BOE-A-1999-19687
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-09-09.
Texto consolidado
La Xunta de Galicia adoptará las medidas oportunas para que la exhibición de obras y demás contenidos audiovisuales en los medios de difusión de la Comunidad Autónoma respeten la legislación vigente, ejerciendo funciones de calificación e inspección en coordinación con el Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y del Audiovisual de Galicia.