Artículo 12. Integración en la Red de Bibliotecas Públicas de Galicia.
Artículo 12 de la Ley 5/2012, de 15 de junio, de bibliotecas de Galicia. · BOE-A-2012-9061
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-17.
Texto consolidado
Las bibliotecas públicas y privadas abiertas al público pueden solicitar su integración en la Red de Bibliotecas Públicas de Galicia ante la consejería competente en materia de bibliotecas, que deberá informar al Consejo de Cooperación Bibliotecaria de Galicia. Su integración se hará mediante orden de la consejería competente en materia de bibliotecas que será publicada en el «Diario Oficial de Galicia».