Artículo 12. Contribución de los territorios históricos a las cargas de las instituciones comunes y a las obligaciones derivadas de la metodología de señalamiento del cupo.
Artículo 12 de la Ley 4/2021, de 7 de octubre, de metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de las diputaciones forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026. · BOE-A-2021-18035
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
Los territorios históricos contribuirán al sostenimiento de las cargas de las instituciones comunes, así como a las obligaciones derivadas de la metodología de señalamiento del cupo, en proporción a los respectivos coeficientes horizontales de aportación que se determinarán de acuerdo con lo dispuesto en el presente capítulo.
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