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Ley Vigente

Artículo 12. Promoción de la declaración responsable y la comunicación. Entidades colaboradoras de certificación.

Artículo 12 de la Ley 4/2021, de 1 de diciembre, de Medidas Administrativas Urgentes. · BOE-A-2021-21397

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-04.

Texto consolidado

1. La Administración del Principado de Asturias y los sujetos del sector público autonómico podrán promover, en los procedimientos de su competencia, la utilización de la declaración responsable y la comunicación como técnicas de intervención administrativa sobre la actividad de los particulares en el marco establecido en la normativa de la Unión Europea, en la legislación básica del Estado y en la regulación sectorial aplicable.

2. Para la realización de las actividades de comprobación, control e inspección, la Administración del Principado de Asturias y los sujetos del sector público autonómico podrán recurrir, en los términos que se determinen reglamentariamente, a las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación y a los Colegios Profesionales que figuren inscritos como entidades colaboradoras de certificación en el Registro que a tal efecto se habilite en la Consejería competente en materia de administraciones públicas, sin perjuicio, en todo caso, de las potestades de intervención de la Administración.

3. La Administración del Principado de Asturias y los sujetos del sector público autonómico revisarán periódicamente los procedimientos de su competencia con objeto de dinamizar la tramitación administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-12-04.

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