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Ley Vigente

Artículo 12. Campañas de sensibilización.

Artículo 12 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2018-17065

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-15.

Texto consolidado

1. La Administración Regional realizará periódicamente campañas institucionales de sensibilización para promover el rechazo hacia toda manifestación de violencia de género, prevenirla y avanzar en su eliminación, así como en la consecución de la efectiva igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

2. Las actuaciones de sensibilización tendrán como objetivo modificar los prejuicios, modelos y conductas con relación a las mujeres y a la violencia machista, mostrando su multidimensionalidad y enmarcándola en la desigual distribución de poder entre mujeres y hombres.

3. Se tendrán en cuenta las especiales condiciones de las mujeres residentes en el medio rural, las características de la población joven y adolescente, que constituirán el sector de población prioritario, y el desarrollo de las masculinidades alternativas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-11-15.

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