Artículo 12. Concesiones de servicios públicos.
Artículo 12 de la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega. · BOE-A-2006-14944
Atención: Ley 4/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los concesionarios de servicios públicos deberán regirse en su actuación por el principio de transparencia en la gestión.#ddunica.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 1/2015, de 1 de abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena administración..