El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 12. Iniciación.

Artículo 12 de la Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos. · BOE-A-2006-13555

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-08-26.

Texto consolidado

1. Los procedimientos de inscripción de variedades en el Registro de variedades comerciales podrán iniciarse de oficio o a instancia del solicitante, de su causahabiente o de una persona autorizada por ellos.

2. La solicitud de inscripción deberá venir acompañada, como mínimo, de la siguiente documentación:

a) Acreditación del solicitante en caso de no coincidir con la persona del obtentor.

b) Descripción técnica de la variedad.

c) Documento relativo a la denominación de la variedad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-08-26.

Más artículos de Ley 30/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 30/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.