Artículo 12. Coordinación.
Artículo 12 de la Ley 3/1989, de 30 de mayo, de Armonización, Coordinación y Colaboración Fiscal. · BOE-A-2012-3402
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-06-10.
Texto consolidado
Las actuaciones de las administraciones tributarias de los territorios históricos se coordinarán en los términos y forma establecidos en el Concierto Económico y en el presente capítulo, así como en las restantes leyes del Parlamento Vasco.