Artículo 12. Bienes que integran el patrimonio propio del Centro.
Artículo 12 de la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, de Creación del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón. · BOE-A-2003-1495
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
Formarán parte del patrimonio propio del Centro los siguientes bienes y derechos:
a) Los derechos en forma de patentes, títulos de obtención vegetal y otros análogos (en adelante, derechos de propiedad industrial) obtenidos por el Centro, así como aquéllos de esta naturaleza cuya titularidad, a la entrada en vigor de la presente Ley, corresponda a la Comunidad Autónoma y sean resultado de las investigaciones previas realizadas por los Servicios que se adscriban al Centro y aquellos derechos de esa naturaleza que puedan integrarse en él en virtud de la disposición adicional primera, apartado 2, de la presente Ley.
b) Cualesquiera otros bienes y derechos que adquiera o le sean incorporados por cualquier persona física o jurídica por cualquier título.