Artículo 12. Calidad de suministro.
Artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2007-12564
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-29.
Texto consolidado
Las empresas distribuidoras y transportistas deberán prestar el suministro con las características y continuidad establecidas en la normativa vigente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2008-3873.