Artículo 12. Reglamento de Organización y Funcionamiento.
Artículo 12 de la Ley 2/1997, de 16 de julio, del Consejo Social de la Universidad de Oviedo. · BOE-A-1997-19436
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-08-02.
Texto consolidado
1. El Consejo Social elaborará su Reglamento de Organización y Funcionamiento, que se someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.
2. El Reglamento del Consejo Social regulará, necesariamente, el número y la periodicidad de las sesiones ordinarias, las razones que justifiquen las extraordinarias, el quórum preciso para la adopción de acuerdos, la mayoría requerida en cada caso, así como las atribuciones de sus órganos unipersonales.