Artículo 12. De los clubes del libro.
Artículo 12 de la Ley 17/2006, de 27 de diciembre, del libro y de la lectura de Galicia. · BOE-A-2007-3036
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-30.
Texto consolidado
1. Los clubes del libro, como agrupaciones voluntarias de lectores y lectoras, serán apoyados por la Xunta de Galicia.
2. La Xunta de Galicia promoverá la implantación y el desarrollo de los soportes electrónicos, informáticos y telemáticos que se utilicen en los clubes del libro.