Artículo 12. Propuestas normativas y otras actuaciones.
Artículo 12 de la Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2011-2546
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
Uno. La formulación de iniciativas legislativas por parte de la Xunta de Galicia, así como la aprobación de normas de rango reglamentario, planes o programas de actuación de contenido económico-financiero, requerirán la previa disponibilidad de una memoria económico-financiera que evalúe adecuadamente los costes que esas propuestas puedan representar y que considere las posibilidades o alternativas existentes para su financiación cuando de ellas pueda derivar un incremento del gasto público.
Dos. El contenido mínimo de la memoria económico-financiera será establecido por orden de la Consellería de Hacienda.
Tres. Antes de proceder a su tramitación, la iniciativa legislativa, la norma de rango reglamentario y los planes o programas de actuación, acompañados de la correspondiente memoria económico-financiera, deberán remitirse a la Consellería de Hacienda al objeto de que la Dirección General de Presupuestos proceda a emitir informe de carácter preceptivo que determine sus efectos sobre el gasto público, teniendo en cuenta la política de la Xunta de Galicia y la necesidad de contención del gasto público.