Artículo 12. Órganos del ente.
Artículo 12 de la Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears. · BOE-A-2011-2107
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-01.
Texto consolidado
El Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears desarrolla las funciones atribuidas por la presente ley mediante los siguientes órganos:
a) El Consejo de Dirección.
b) El director o la directora general.
c) El Consejo Asesor de Contenidos y de Programación.