Artículo 12. Derechos de los asociados.
Artículo 12 de la Ley 13/2017, de 6 de julio, de las asociaciones de consumidores de cannabis. · BOE-A-2017-9367
Atención: Ley 13/2017 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los miembros de una asociación de consumidores de cannabis están obligados a:
a) Consumir la sustancia dispensada estrictamente en el ámbito privado y en las condiciones marcadas por la asociación.
b) Evitar cualquier situación en que pueda producirse un consumo que pueda perjudicar a terceras personas, sobre todo a menores de edad.
c) Cumplir la normativa específica de la asociación.
d) Facilitar la documentación que les requiera la asociación.
e) Comunicar a la asociación cualquier cambio en sus datos personales de contacto.
f) Hacer un uso correcto de las instalaciones de la asociación.
g) Cumplir con el resto de deberes y obligaciones que establezcan los estatutos.