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Ley Vigente

Artículo 12. Mesa del Diálogo Civil del Tercer Sector Social.

Artículo 12 de la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del Tercer Sector Social de Extremadura. · BOE-A-2018-17221

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-28.

Texto consolidado

1. La Mesa del Diálogo Civil del Tercer Sector Social tendrá como objeto y fin principal impulsar y facilitar la interlocución, al más alto nivel de representatividad, entre la Junta de Extremadura y el Tercer Sector Social extremeño, reforzando el papel de las organizaciones operantes y profundizando en la cohesión interna del tejido asociativo de Extremadura en aras de un nuevo enfoque de modelo social.

2. La Mesa del Diálogo Civil del Tercer Sector Social constituirá una vía de interlocución, diálogo y participación permanente y bidireccional respecto a la acción de gobierno, a la acción de las entidades que lo conforman, así como a las decisiones y políticas claves que incidan en los derechos, obligaciones, intereses y necesidades del Tercer Sector Social de Extremadura.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-11-28.

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