Artículo 12. Educación de personas adultas.
Artículo 12 de la Ley 10/2010, de 21 de octubre, de promoción de la seguridad y salud en el trabajo en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-2706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-22.
Texto consolidado
En el marco de la normativa aplicable, la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería competente en materia de educación, incorporará objetivos y contenidos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo en los programas educativos que integren la oferta docente de los centros, de titularidad de la Comunidad Autónoma o autorizados por ésta, para Educación de Personas Adultas. En especial, se velará por la incorporación específica de los aspectos preventivos en aquellos programas educativos dirigidos a facilitar el acceso al mundo laboral de las personas adultas.