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Ley Vigente 3 redacciones

Artículo 12. Validez de los derechos de emisión.

Artículo 12 de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. · BOE-A-2005-3941

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-18.

Texto consolidado

Los derechos de emisión expedidos a partir del 1 de enero de 2013 tendrán validez indefinida. Los expedidos a partir del 1 de enero de 2021 indicarán en qué periodo de comercio se expidieron, y serán válidos para las emisiones desde el primer año de ese periodo en adelante.#au

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-12-18.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 9/2020, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes..

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