ARTÍCULO 12
ARTÍCULO 12 del Instrumento de Ratificación del Acuerdo Internacional sobre el procedimiento aplicable al establecimiento de tarifas de los servicios aéreos regulares intraeuropeos, hecho en París el 16 de junio de 1987. · BOE-A-1991-27592
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-11-02.
Texto consolidado
1. A partir de su entrada en vigor, el presente Acuerdo estará abierto a la adhesión de cualquier Estado no signatario Miembro de la Comisión Europea de Aviación Civil.
2. La adhesión se efectuará mediante el depósito de un instrumento de adhesión ante la Organización de Aviación Civil Internacional y surtirá efecto el trigésimo día a partir de la fecha de dicho depósito.