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Decreto Vigente

Artículo 12.

Artículo 12 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley sobre Viviendas de Protección Oficial, texto refundido aprobado por Decretos 2131/1963, de 24 de julio, y 3964/1964, de 3 de diciembre. · BOE-A-1968-1060

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-01-01.

Texto consolidado

El Instituto Nacional de la Vivienda o el órgano urbanístico al que se encomiende la gestión ajustará su ac­tuación a los preceptos de la Ley de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 12 de mayo de 1956, de la Ley 52/1962, de 21 de julio, sobre valoración de terrenos sujetos a expropiación en ejecución de los planes de vivienda y urbanismo y demás disposiciones vigentes o que en el futuro pudieran dictarle en esta materia.

A tal efecto se reconocen expresamente al Instituto Nacio­nal de la Vivienda las facultades conferidas por las disposiciones citadas a los órganos urbanisticos de gestión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1969-01-01.

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