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Ley Vigente

Artículo 119. Renovación de la autorización.

Artículo 119 de la Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía. · BOE-A-2026-7558

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-06-20.

Texto consolidado

La autorización de emisión a la atmósfera se otorgará por un periodo de tiempo determinado, que en ningún caso será superior al establecido en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, y tendrá efectividad desde la fecha de notificación a la persona o entidad titular de la instalación. Antes de que transcurra el plazo de vigencia de la autorización de emisiones a la atmósfera, su titular debe solicitar la renovación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-06-20.

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