Artículo 118. Definición.
Artículo 118 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.
Texto consolidado
El Rector o Rectora es la máxima autoridad académica de la Universidad. Ejerce las funciones de dirección, gobierno y gestión de la Universidad y ostenta su representación. Desarrolla las líneas de actuación aprobadas por los órganos colegiados de gobierno de la Universidad y ejecuta sus acuerdos. Le corresponden asimismo cuantas competencias no sean expresamente atribuidas a otros órganos de la Universidad.