Artículo 118. Régimen sancionador.
Artículo 118 de la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos. · BOE-A-2022-22470
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-16.
Texto consolidado
Con la finalidad de garantizar la plena protección de las personas con discapacidad en materia de accesibilidad universal, será de aplicación en Navarra el régimen sancionador previsto en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, en los términos establecidos en el mismo.
Más artículos de Ley Foral 31/2022
- ← Artículo 117. Procedimiento arbitral.
- → Disposición adicional primera. Plan de actuación para adaptación a lo dispuesto en esta ley foral en materia de acces…
- Ver la norma completa: Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos.