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Ley Vigente

Artículo 118.

Artículo 118 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona. · BOE-A-1999-2518

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

Texto consolidado

En relación con los museos cuya titularidad corresponda a otras Administraciones públicas que no tengan la naturaleza de grandes infraestructuras culturales, corresponde al Ayuntamiento de Barcelona:

a) Participar en el ente u órgano colegiado de la Generalidad de Cataluña competente para planificar, crear o asesorar los museos situados en el municipio de Barcelona.

b) Estar representado en los órganos de gobierno de los museos nacionales de Cataluña y de los demás museos públicos que existen en el término municipal de Barcelona.

c) Informar preceptivamente sobre la creación de nuevos museos en el término municipal de Barcelona.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

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