Artículo 118. Mandato de sus miembros.
Artículo 118 de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón. · BOE-A-2019-993
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.
Texto consolidado
El mandato de todos los miembros del Tribunal Administrativo del Deporte Aragonés será de cuatro años y su ejercicio no será remunerado. En el ejercicio de sus cargos, dichos miembros únicamente tendrán derecho a las dietas e indemnizaciones a las que hubiese lugar de acuerdo con la normativa de aplicación.