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Ley Vigente

Artículo 118. Publicación de los resultados de la votación.

Artículo 118 de la Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos. · BOE-A-2019-5581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-08.

Texto consolidado

Una vez cerrada la fase de votación ciudadana, la autoridad competente hará públicos los resultados indicando qué proyecto o proyectos o propuestas han resultado elegidos por las personas participantes, y dará las órdenes pertinentes para que se lleven a cabo los trámites necesarios para incorporarlos a los presupuestos anuales, conforme a la normativa presupuestaria pertinente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-08.

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