Artículo 117. Retribuciones del personal laboral.
Artículo 117 de la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público. · BOE-A-2023-10348
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-25.
Texto consolidado
Las retribuciones del personal laboral se determinarán de conformidad con lo previsto en la legislación básica, respetando, en todo caso, lo establecido en el artículo 112.