Artículo 116. Validez de los acuerdos.
Artículo 116 del Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General. · BOE-A-2002-1370
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-25.
Texto consolidado
Los acuerdos válidamente adoptados por el Consejo General obligarán a los Colegios y, a través de los mismos, a todos los colegiados.
Los adoptados por los Colegios, a sus colegiados respectivos.
Todo ello, sin perjuicio de los recursos establecidos en este título y que legalmente procedan.
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