Artículo 116. Objeto.
Artículo 116 de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13669
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-03.
Texto consolidado
Las administraciones deportivas de las Illes Balears favorecerán y apoyarán a medidas que incentiven aportaciones del sector privado destinadas al desarrollo del deporte en nuestra comunidad.