Artículo 115. Premios deportivos.
Artículo 115 de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13669
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-03.
Texto consolidado
1. El Gobierno de las Illes Balears otorgará premios, destinados a galardonar anualmente a aquellas personas o entidades que se hayan distinguido especialmente por la actividad desarrollada o por su contribución al fomento de la actividad física y el deporte en las Illes Balears.
2. Las bases, la composición del jurado y los otros aspectos de la concesión de estos premios deben determinarse por reglamento, y corresponde a la Asamblea del Deporte y la Actividad Física de las Illes Balears hacer las propuestas o candidaturas, siempre respetando los principios de igualdad entre mujeres y hombres establecidos en esta ley.