Artículo 115. Contenido de los estatutos.
Artículo 115 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil. · BOE-A-1996-17533
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-01.
Texto consolidado
Para su inscripción en el Registro Mercantil, los estatutos de la sociedad anónima deberán expresar las menciones que se recogen en los artículos siguientes.