Artículo 113. Capacitación digital en otras administraciones públicas gallegas.
Artículo 113 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia. · BOE-A-2019-13518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-15.
Texto consolidado
1. Las restantes administraciones públicas gallegas deberán promover planes de capacitación digital de sus empleados públicos.
2. Se establecerán mecanismos de colaboración que permitan hacer extensivas las actuaciones del sector público autonómico en esta materia a las restantes administraciones públicas gallegas.