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Ley Vigente

Artículo 112. Infracciones leves.

Artículo 112 de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón. · BOE-A-2019-993

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.

Texto consolidado

Con independencia de las que, en lo referente a las reglas del juego o competición, figuren en las normas estatutarias y reglamentarias de las entidades deportivas aragonesas, en todo caso son infracciones de carácter leve las siguientes:

a) Cualesquiera otras observaciones irrespetuosas formuladas a los jueces o árbitros, técnicos, deportistas y titulares de cargos directivos.

b) Las conductas claramente contrarias a las normas estatutarias y reglamentarias de carácter deportivo que no se hallen comprendidas entre las calificadas como muy graves o graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-20.

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